La cobertura de
incendio en el
seguro de comunidades, es la garantía base de una póliza multirriesgo de comunidades. No todas las coberturas de este tipo son igual de completas, pero todos las pólizas multirriesgo cuentan con una cobertura de incendios. Donde se pueden incluir los daños causados por el fuego, impacto de rayos o explosiones. Asimismo problemas procedentes como las labores de desescombro, el rellenado de los extintores o el traslado de los residentes en caso de que el edificio quede inhabitable.
Cuando hablamos de
INCENDIO es el suceso de fuego no controlado que logra afectar o encender algo que no está determinado a quemarse.
Por tanto están cubiertos los daños que sufran los bienes asegurados como resultado de la acción directa del fuego.
Con exclusiones tales como:
• siniestros de fumador como quemaduras o la caída aislada de un objeto al fuego.
• Los perjuicios inducidos por la acción prolongada del calor por cercanía a aparatos de alumbrado, calefacción, chimeneas o aire acondicionado.
Cuando hablamos de
EXPLOSIÓN es la acción repentina e impetuosa de la presión o de la depresión de gases o de los vapores.
Por tanto están cubiertos las explosiones derivadas en el edificio asegurado o en sus alrededores como también las autoexplosiones de termos, calderas, instalaciones fijas y conducciones.
Con exclusiones tales como:
• Las explosiones de aparatos, instalaciones o sustancias diferentes a los empleados frecuentemente en el edificio en los servicios domésticos.
• Las explosiones que no posean su origen en la presión o depresión del gas, de los vapores.
Cuando hablamos de un
RAYO es una poderosa descarga natural derivada por una perturbación en el campo eléctrico de la atmósfera.
Por tanto están cubiertos los perjuicios que sufran los bienes asegurados como resultado de la acción directa del impacto de un rayo.
Con exclusiones tales como:
Los deterioros indirectos derivados por el rayo sobre los bienes asegurados.