La cobertura de
actos de vandalismo en el
seguro de comunidades, cubre los actos vandálicos que pueda sufrir el continente y el contenido segun el límite indicado en al póliza, ejecutados de forma particular o colectiva por individuos que no vivan ni gocen de la residencia en la comunidad, sin que exista ánimo de beneficio.
La cobertura por daños vandálicos puede incluir tanto los daños causados por personas aisladas como por tumultos, manifestaciones o huelgas. Para que se haga efectiva esta cobertura, siempre tienes que haber denunciado anticipadamente ante la policía.
Daños cubiertos por actos de vandalismo en el seguro de comunidad:
• Acciones tumultuarias producidas durante reuniones y manifestaciones realizadas acorde a la legislación vigente, como también durante el transcurso de huelgas legales.
• Los actos vandálicos o perversos ejecutados por terceros.
• Los reemplazo de llaves y cerraduras como resultado de actos de vandalismo.
Daños excluidos, NO cubiertos por actos de vandalismo en el seguro de comunidad:
• Los propietarios, o usuarios inquilinos de la residencia asegurada.
• El personal empleado del domicilio asegurado.
• Los familiares que vivan con los propietarios.
• Los daños como resultado del pegado o fijación de carteles.
• Los daños que provoquen los inquilinos, en caso de arrendamiento.
• Los daños producidos por los inquilinos ilegales de las viviendas del edificio.
• Los daños como resultado de arañazos, pintadas e inscripciones producidos en el interior del edificio.
• La rotura de lunas y cristales.
• Los que tengan la consideración de motín o revuelta popular, disturbios internos, sabotaje o terrorismo. Estos serán cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.
• Los daños y pérdidas por robo, intento de robo, atraco.
En el gran parte de las ocasiones se tiende a confundir los actos vandálicos con el robo y sus consecuencias en el domicilio, y la verdad es que se trata de dos conceptos totalmente diferentes.