La cobertura de
daños eléctricos en el
seguro de comunidades cubre las causas o daños eléctricos se refiere a las averías o daños que puede sufrir un domicilio concernientes con la electricidad, como subidas o bajadas de tensión, cortocircuitos, corriente anormal, formación de arco voltaico o desperfectos eléctricos así como los que se originan por la caída de un rayo.
Es por ello que con el propósito de brindar servicios más completos a los beneficiarios, muchas aseguradoras contienen la garantía de daños eléctricos que cubre, primordialmente, los deterioros materiales que afecten tanto al continente (instalaciones del domicilio) como los desperfectos en el contenido, así como a la pérdida de alimentos refrigerados debido a causas eléctricas.
Las causas eléctricas son unos de los siniestros más habituales que se originan en un domicilio. Según información establecida por la ICEA (Investigación Cooperativa entre Entidades Aseguradoras y Fondos de Pensiones), representando el 24% del total de los siniestros cubiertos por los seguros de comunidades, por perjuicios eléctricos. Y que sigue creciendo de una forma constante en los postreros años. De hecho, conjetura la tercera causa de siniestralidad, principalmente, en los daños que se ocasionan en los aparatos eléctricos como las lavadoras, frigoríficos o televisores.
Vale la pena enfatizar que los deterioros eléctricos tienen como principales causas la antigüedad de los equipos y el exceso de horas de funcionamiento.
Qué no cubre el seguro de comunidades
• Los daños cubiertos por la garantía del fabricante o proveedor.
• Los daños derivados en instalaciones exteriores, ya sean aéreas o subterráneas.
• Los daños en bombillas, válvulas, lámparas, neones y aparatos de alumbrado.
• Los equipos de administración y gestión del edificio que pertenezca al Asegurado como por ejemplo ordenadores y centralitas.
• Los daños como resultado del desgaste o deterioro progresivo debido al uso y funcionamiento normal, erosión, corrosión, oxidación, herrumbre o incrustaciones.
• Los daños cuando la instalación no cumpla con normativa legal vigente.